La transparencia y la obligación de rendir cuentas son garantías que aseguran y al mismo tiempo dependen del derecho de acceso a la información.
En consecuencia, todos ellos deben entenderse como tres conceptos diferentes pero relacionados íntimamente entre sí.
Los dos primeros conceptos (transparencia y rendición de cuentas) son obligaciones de los servidores públicos y demás sujetos obligados conforme a las leyes en la materia.
La TRANSPARENCIA es el deber de los mandatarios o gobernantes de realizar como regla general sus actuaciones de manera pública como un mecanismo de control del poder y de legitimidad democrática de las instituciones públicas. Es abrir la información gubernamental al escrutinio público, mediante sistemas de clasificación y difusión en sitios que permitan su consulta pública, para que aquellos interesados puedan revisarla, analizarla y, en su caso, usarla como mecanismo para sancionar en caso de que haya anomalías en su interior.
Por su parte, la RENDICION DE CUENTAS es la obligación de todos los sujetos obligados de informar sobre sus acciones y justificarlas en público: “Que hice, como lo hice, porque lo hice, cuál fue su costo”. También incluye la posibilidad de que sean sancionados.
A su vez, la transparencia y la obligación de rendir cuentas son garantías que aseguran y al mismo tiempo dependen del derecho de acceso a la información, y lo apoyan en la prevención de la corrupción.
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